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Para pensar

23Jun

Para pensar

23/06/2025 - Ramiro Montes

Nuevo Régimen Simplificado de Ganancias. Características e implicancias de su adhesión.



A través de la Resolución General 5704/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, que responde a la instrucción que impartió el Decreto 353/2025 y está disponible desde el 1° de junio para declaraciones correspondientes al período fiscal 2025, cuyo vencimiento se producirá en Junio de 2026.

Características principales del régimen

- Es optativo y pueden optar adherir a este régimen las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan con los siguientes requisitos: poseer clave fiscal con nivel de seguridad 3 , no contar con cuit limitado administrativamente y no estar clasificados en los segmentos de mayor significación fiscal establecidos por ARCA ( Segmentos 11 o 12)

- Rentas de fuente argentina y extranjera, si bien el decreto original orientaba el régimen a quienes obtienen ingresos exclusivamente de fuente argentina, la resolución de ARCA no lo menciona expresamente. En consecuencia, se interpreta que los contribuyentes que tengan rentas de fuente extranjera también podrán adherir al régimen. Además en los últimos días Juan Pazo, titular de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (ARCA), explicó que están generando los mecanismos necesarios para incluir en el esquema a los contribuyentes con ingresos provenientes de otros países. Sería una excelente noticia para los trabajadores considerados “freelancers”, que venden servicios al exterior a través de internet.

- Uno de los cambios más importantes del nuevo esquema es que quienes adhieran no deberán informar su patrimonio ni al inicio ni al cierre del período fiscal. Esto también elimina la necesidad de calcular el monto consumido, que se deriva del cruce patrimonial entre activos declarados y consumos. Esta modificación reduce significativamente la carga administrativa para el contribuyente, pero al mismo tiempo limita las herramientas de verificación patrimonial automática por parte del fisco.

- El período de adhesión para optar por este régimen comenzó el 1° de junio de 2025 y se extiende hasta el día anterior al vencimiento general de la presentación de la declaración jurada correspondiente al mismo ejercicio fiscal. Al ejercer la opción, el sistema caracteriza al contribuyente con el código “618-Ganancias PH Simplificada” en el Sistema Registral de ARCA.

- El contribuyente puede desistir de su adhesión al régimen simplificado en cualquier momento antes de presentar la declaración jurada. El trámite se realiza por la misma vía digital utilizada para optar.

- La resolución vigente sólo habla del periodo fiscal 2025, no se ha establecido aún si este esquema se mantendrá en años subsiguiente, lo cual genera un componente de incertidumbre normativo para los contribuyentes que consideren acogerse al sistema más allá del corto plazo.

- La reglamentación no especifica aún los requisitos, formalidades y condiciones para confeccionar la Declaración Jurada Simplificada. La resolución indica que estos detalles se publicarán en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” de la web oficial de ARCA.

Conclusión

Con el lanzamiento del nuevo régimen del Impuesto a las Ganancias Simplificado, que se instauró a través de un decreto y una reglamentación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) el gobierno decidió apurar la puesta en marcha de las medidas para que las personas exterioricen sus dólares del colchón, es decir al eliminar la necesidad de declarar el patrimonio y los respectivos consumos por parte de las personas humanas encontró una posible herramienta para que las personas se animen a sacar dólares no declarados.

Sin embargo y aunque esta resolución se enmarca dentro de ese enfoque, no garantiza inmunidad fiscal ni penal. Se necesita una modificación legal para liberar de impuestos, intereses, sanciones y posibles consecuencias penales a quienes decidan utilizar esos fondos no exteriorizados.

Dado que aún no se presentaron proyectos de ley al respecto, no existe un resguardo jurídico integral para quienes recurran a esos recursos no declarados.

Además, es importante aclarar que si bien ARCA dejará de exigir la presentación de ciertos datos comerciales y patrimoniales, así como consumos personales, no pierde sus facultades de fiscalización. ¡DATO NO MENOR!

Lo aconsejable desde el punto de vista profesional, sería esperar el paso del tiempo y la maduración de la norma, y por otro lado aguardar las aprobaciones de leyes que se necesitan para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente.




Ramiro Montes

Contador Público

Magister en Administración de Empresas

Miembro de la Asociación Arg. de Estudios Fiscales

Fundador de Estudio Montes & Asoc.

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